EXONERACIÓN DEL 2% SOBRE TRANSFERENCIA DE ACCIONES


Noticias nuevas para las Emrpesas constituidas formalmente.

Para que una entidad pudiera constituirse como CxA o S.A., era necesario que la misma contara con un total de socios de 7 o más. Esa exigencia creo lo que llamamos "SOCIOS FICTICIOS" ocacionando estragos en el patrimonio y actividades de las empresas, toda vez que para cualquier movimiento se necesitara la firma como aprobación de personas que realmente no tenian interes ni juicio para ello.

Errores grasos cometía todo aquel que esto hacía, puesto que para el calculo del patrimonio, 1 o 2 acciones que tubiera, no se calculaba por el valor nominal de la acción, sino por el total de las ganancias que la empresa pudiera percibir. Si un socio tenía 20 acciones y se casaba, esa cantidad de acciones pasaba a la comunidad legal de bienes y entonces formaba parte  de la empresa aunque indirectamente la esposa. Lo mismo que padres que asiganban a sus hijos hasta el 40% de las acciones, quienes posteriormente se casan y eso generaba dolores de cabeza si la pareja se divorciaba.

Ahora, una empresa  S.R.L, puede constituirse con un total de 2 socios, sin perjuicio de que posteriormente se quieran agregar otros hasta llegar a 50.

Pero en esta ocación quiero además recordarles que a los fines de transferir estas acciones eliminando a los socios ficticios es necesario, proceder con el proceso de transformación de la empresa.

¿Que pasaría con el 2% a pagar por la transferencia de acciones?

El Decreto 408-10 exonera de de dicho pago a las compañías que en el plazo establecido procedan a trasnformarse o adecuarse a la Ley 479-08.

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